lunes, 2 de febrero de 2026

Errores graves de la Constitución Española de 1978

La Constitución de 1978 fue un instrumento clave para cerrar la Transición y garantizar la convivencia democrática tras cuatro décadas de dictadura. Ese mérito histórico es indiscutible. Sin embargo, el paso del tiempo ha puesto de manifiesto errores de diseño, ambigüedades interesadas y cesiones políticas que hoy generan graves disfunciones institucionales, territoriales y democráticas. No se trata de negar su valor fundacional, sino de señalar con claridad sus fallos más relevantes.

1. Ambigüedad deliberada del modelo territorial

El llamado Estado de las Autonomías es probablemente el mayor error estructural de la Constitución.

El texto no define claramente si España es un Estado unitario descentralizado, federal o confederal, dejando esa cuestión abierta por razones políticas coyunturales. El resultado ha sido:

• Un sistema asimétrico e incoherente.
• Competencias mal delimitadas y en constante conflicto.
• Una deriva centrífuga que ha alimentado el nacionalismo identitario.

La Constitución abrió la puerta a la descentralización sin establecer límites claros ni mecanismos eficaces de reversión, permitiendo una transferencia constante de poder sin control ni evaluación.

2. El concepto confuso de "nacionalidades"

El artículo 2 introduce una distinción artificial entre nación, nacionalidades y regiones que carece de rigor jurídico y político.

Esta ambigüedad:

• Ha sido explotada por el nacionalismo para erosionar la idea de soberanía común.
• Ha generado una jerarquización simbólica entre ciudadanos.
• Ha servido de base para discursos secesionistas sin necesidad de reformar la Constitución.

Fue una concesión política para contentar a determinados territorios, pero se ha convertido en una bomba de relojería conceptual.

3. Un Senado inútil como cámara territorial

El Senado es, en la práctica, una cámara redundante, ineficaz y carente de poder real.

• No cumple funciones territoriales efectivas.
• No actúa como órgano de cohesión del Estado.
• Funciona como un "cementerio legislativo" sin influencia decisiva.

El error no es solo político, sino constitucional: se creó una cámara territorial sin dotarla de competencias territoriales reales.

4. Politización del Tribunal Constitucional y del Poder Judicial

La Constitución no blindó adecuadamente la independencia del poder judicial, permitiendo su colonización por los partidos.

Consecuencias evidentes:

• El Tribunal Constitucional se percibe como un órgano politizado.
• El Consejo General del Poder Judicial responde a cuotas partidistas.
• La confianza ciudadana en la Justicia se erosiona de forma persistente.

Este fallo no es únicamente de desarrollo legal, sino de diseño constitucional, al no prever cortafuegos eficaces frente a la partitocracia.

5. Excesiva rigidez del sistema de reforma constitucional

La Constitución es demasiado rígida para una democracia madura, especialmente en sus artículos nucleares.

• Reformar aspectos esenciales exige mayorías casi inalcanzables.
• Se bloquean reformas necesarias y se fuerza la reinterpretación interesada del texto.
• Se fomenta el inmovilismo o el uso abusivo de atajos legales.

Paradójicamente, esta rigidez no ha protegido la Constitución, sino que la ha debilitado.

6. Falta de mecanismos eficaces de defensa del orden constitucional

El texto constitucional confía en exceso en la lealtad institucional, algo que la realidad ha desmentido.

• El artículo 155 se aplicó tarde y de forma improvisada.
• No existen mecanismos preventivos claros ante desafíos graves al orden constitucional.
• El Estado carece de herramientas bien definidas para defenderse sin recurrir a soluciones de emergencia.

Se diseñó una Constitución para un escenario de consenso perpetuo, no para conflictos de alta intensidad política.

7. Débil control del poder ejecutivo

La Constitución no establece contrapesos suficientemente robustos frente al Gobierno, especialmente cuando este controla la mayoría parlamentaria.

• El decreto-ley se ha normalizado como forma ordinaria de legislar.
• El Parlamento pierde centralidad y capacidad de control.
• El Ejecutivo concentra poder sin fiscalización efectiva.

Este desequilibrio se ha agravado con el tiempo, pero tiene su raíz en el diseño constitucional.

8. La Constitución como instrumento para legitimar la monarquía sin referéndum

La Constitución de 1978 cerró en falso el debate sobre la forma del Estado, utilizando el propio texto constitucional para legitimar la monarquía sin que los ciudadanos pudieran pronunciarse explícitamente sobre ella.

El pueblo español nunca votó entre monarquía y república. Lo que se sometió a referéndum fue un paquete cerrado: Constitución completa o bloqueo político. La Jefatura del Estado venía incorporada de origen, heredada directamente del franquismo mediante la Ley de Sucesión de 1947 y la designación de Juan Carlos I por parte de Franco.

Este diseño tuvo consecuencias de calado:

• Se sustrajo a la soberanía popular una decisión fundamental.
• Se blindó la monarquía mediante una legitimación indirecta y condicionada.
• Cualquier cuestionamiento posterior quedó etiquetado como "anticonstitucional", pese a no haber existido mandato expreso.

La monarquía quedó así protegida por la Constitución, pero no emanada de un proceso constituyente plenamente libre. El resultado es un déficit de legitimidad de origen que persiste y se agrava con el paso del tiempo.

Además, la extrema rigidez del procedimiento de reforma en lo relativo a la Corona convierte este problema en prácticamente irreparable por vías democráticas, alimentando la desafección institucional.

Conclusión

La Constitución de 1978 fue una solución eficaz para su tiempo, pero no fue concebida para perdurar sin reformas profundas. Sus errores no son meramente técnicos: afectan al modelo de Estado, a la igualdad entre ciudadanos, a la separación de poderes y a la legitimidad institucional.

Defender la Constitución no es sacralizarla. Una democracia madura revisa, corrige y refuerza sus fundamentos. Lo contrario no es estabilidad: es decadencia.

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